La esencia de la mediación pasa por la voluntariedad, es decir por la decisión libre de realizar una negociación asistida.
El gran éxito de la mediación se debe a que los acuerdos que se firman se cumplen, en un porcentaje muy superior a los acuerdos establecidos por sentencia judicial. Este cumplimiento se debe a que quienes tienen que cumplir el acuerdo han estado involucrados en la confección del mismo. Esta involucración sólo es posible si las partes voluntariamente han concurrido a la mediación.
Si bien en nuestro país, en la Capital Federal, la ley 24573 establece la mediación con carácter obligatorio como instancia previa a juicio para asuntos patrimoniales, la única obligación que tienen las partes es concurrir a esta instancia pero no de llevar a cabo todo el proceso y menos aun de llegar a un acuerdo.
Nadie puede ser obligado a negociar. La voluntariedad es a su vez uno de los límites de la mediación ya que si ésta no está presente no puede realizarse la misma.
La voluntariedad puede relacionarse con cuatro conceptos:
![]() ![]() ![]() ![]() |
![]() |
![]() |