ESTATUTOS CONSULTORIO
CAPITULO I. NATURALEZA, DURACION, DOMICILIO Y FINALIDAD
ARTICULO 1. Naturaleza y duración: El Consultorio Industrial de La Universidad Industrial de Santander es una entidad sin ánimo de lucro y de carácter social. Se regirá por los presentes estatutos y por la constitución nacional y demás leyes que rijan sobre la materia y tendrá una duración indefinida.
ARTICULO 2. Domicilio: El Consultorio Industrial tendrá su domicilio en la Carrera 19 # 35-02 Sede Uis-Bucarica de la ciudad de Bucaramanga
ARTICULO 3. Finalidades: El Consultorio Industrial tendrá como finalidades las siguientes:
1. Estrechar los vínculos entre la industria Santandereana y la Universidad Industrial de Santander, ofreciendo servicios de asesoría y consultoría de manera que se convierta en un organismo facilitador del mejoramiento continuo al interior de las empresas de la región; y a la vez ofrecer la posibilidad a los estudiantes universitarios de tener acceso fácil a las empresas de manera que cumpliendo con un servicio, se pongan en práctica sus conocimientos.
2. Establecernos como un ente reconocido a nivel regional en el mediano plazo, de acuerdo a la periodicidad de funcionamiento del Consultorio.
3. Mejorar la imagen pública tanto de la Universidad Industrial de Santander, como de la Escuela de Estudios Industriales y Empresariales en la región y el país, buscando ser reconocidos por nuestro compromiso con la industria y el interés por el intercambio de conocimientos y experiencias, baluartes del desarrollo de una nación.
4. Enfocar nuestros esfuerzos a la pequeña Industria Santandereana de los diversos sectores económicos que existen en la región.
5. Integrar dentro de los planes de largo plazo, la posibilidad de que exista participación directa de estudiantes de otras carreras ofrecidas por la Universidad Industrial de Santander.
6. Crear grupos de
investigación y desarrollo al interior de la organización.
CAPITULO II. calidad de socios
ARTICULO 4. Los miembros del Consultorio Industrial de La Universidad Industrial de Santander son:
a) Fundadores: Aquellos que figuran en el Acta de constitución
b) Honorarios: Aquellos que con especiales méritos reciban dicha distinción por parte de la asamblea general y la junta directiva
c)Activos: Son los fundadores y aquellos que soliciten el ingreso al Consultorio y que sean aceptados por la junta directiva y/o asamblea general, mientras cumplan con las obligaciones estatutarias y reglamentarias, gozan de los derechos expresados en los presentes estatutos.
ARTICULO 5. Para que alguien sea aceptado como miembro del Consultorio Industrial debe cumplir los siguientes requisitos:
1. Ser estudiante activo o egresado de la Universidad Industrial de Santander.
2. Nivel séptimo como mínimo, clasificación según créditos.
3. Promedio ponderado igual o superior a 3.5 (Tres punto cinco), teniendo en cuenta el rendimiento general en las materias del ciclo profesional.
4. Conocimientos básicos de MS Office y algunas herramientas informáticas.
5. Entrevista con
la Junta directiva del Consultorio Industrial. En ella se
tendrán en cuenta aspectos como creatividad, capacidad de
improvisación y respuesta ante determinadas situaciones
PARAGRAFO: Cuando haya divergencia en los miembros de la Junta Directiva sobre la aceptación de un socio, o cuando la junta directiva lo considere pertinente, podrá consultar y/o presentar para que sea aprobado por la Asamblea el ingreso del nuevo socio.
CAPITULO III. DERECHOS DE LOS SOCIOS
ARTICULO 6. Son derechos de los socios del Consultorio Industrial los siguientes:
1. Gozar de todos los servicios o beneficios que el Consultorio Industrial establezca para su normal funcionamiento.
2. Participar con voz y voto en la Asamblea General de acuerdo con lo estipulado en los términos estatutarios.
3. Elegir y ser elegido para los cargos del Consultorio Industrial conforme a lo previsto en los presentes estatutos.
4. A presentar y someter a consideración de la junta directiva y de la asamblea general, iniciativas o proyectos que vayan en la vía del desarrollo integral del Consultorio Industrial.
CAPITULO IV. deberes de los socios
ARTICULO 7. Son deberes de los socios del Consultorio Industrial los siguientes:
1. Asistir y participar activamente en las reuniones programadas, para la asignación, estudio, discusión y control de las asesorías a realizar.
2. Cumplir los turnos semanales que les hayan sido señalados previamente para atender la recepción de entrevistas y consulta de los usuarios del Consultorio Industrial.
3. Diligenciar los formatos puestos a su disposición a través del departamento administrativo, para control interno del consultorio industrial.
4. Dar a los usuarios del servicio la debida atención, suministrándoles explicaciones claras sobre los documentos que deban aportar para la tramitación de sus negocios y los gastos administrativos que ocasionen.
5. Las demás señaladas en el reglamento interno del Consultorio y en esta resolución.
CAPITULO V. perdida de calidad de miembro
ARTICULO 8. El carácter de miembro del Consultorio industrial se pierde por:
1. Renuncia voluntaria presentada y aprobada ante la junta directiva del Consultorio Industrial
2. Obstaculizar el normal funcionamiento del Consultorio Industrial, mediante acciones fuera de la moral y la ética establecida en el reglamento interno del Consultorio Industrial.
3. El no cumplimiento de los deberes que se estipulan en los presentes estatutos.
4. Alcoholismo, farmacodependencia, o drogadicción comprobada por autoridad competente.
5. Expulsión del Consultorio Industrial por parte de la Junta Directiva o la Asamblea
6. Las mismas que existan para perder la calidad de estudiante activo de la Universidad Industrial de Santander, estipuladas en el reglamento de la Universidad.
CAPITULO VI. de los organos de direccion y forma de eleccion
ARTICULO 9.
El presidente del Consultorio Industrial se elegirá por voto de
los socios en Asamblea General, de quienes estén como
candidatos, inscritos previamente ante la junta directiva,
mínimo con diez (10) días hábiles de antelación a la
realización de la Asamblea y, este se elegirá par un período
de un año.
PARAGRAFO: Para ser presidente del Consultorio Industrial se requiere:
1. Ser estudiante
de Ingeniería Industrial, calificado según créditos mínimo
como estudiante de octavo nivel, al momento de la elección.
2. Ser estudiante regular y no estar calificado como condicional según su rendimiento académico
3. No estar desempeñando al momento de la elección, ni durante el período de su gestión, ningún cargo directivo dentro de la Asociación Centro de Estudios de Ingeniería Industrial o en alguno de sus organismos o proyectos internos.
ARTICULO 10. El Consultorio Industrial contará con directores de Area administrativa, Financiera y de Mercados. Dichos directores serán designados por la Asamblea General de integrantes del consultorio industrial y se elegirán para un período de un año.
PARAGRAFO: Para ser director de área del Consultorio Industrial se requiere:
1. Ser estudiante
de Ingeniería Industrial, calificado según créditos mínimo
como estudiante de octavo nivel, al momento de la elección.
2. Ser estudiante regular y no estar calificado como condicional según su rendimiento académico
3. No estar desempeñando al momento de la elección, ningún cargo directivo dentro de la Asociación Centro de Estudios de Ingeniería Industrial o en alguno de sus organismos o proyectos internos.
ARTICULO 11. La junta directiva estará integrada por el presidente del Consultorio, por los directores de Area y por el (la) secretario(a) general del Consultorio.
ARTICULO 12. La Asamblea General se reunirá ordinariamente cada seis meses (6 meses) y extraordinariamente cuando sea convocada por el presidente o la tercera parte de los socios activos del Consultorio.
ARTICULO 13. El quorum decisorio o delegatario de la Asamblea general será de la mitad mas uno de los socios activos del Consultorio.
ARTICULO 14. La Asamblea general será presidida por el presidente del Consultorio, junto con la colaboración de la persona que sea encargada de desempeñar el papel de secretario(a) de la Asamblea.
CAPITULO VII. de la asamblea general
ARTICULO 15. Son funciones de la Asamblea General las siguientes:
1. Nombrar o destituir mediante votación el presidente del Consultorio Industrial.
2. Nombrar o destituir mediante votación los directores de área del Consultorio.
3. Aprovar o desaprobar los resultados financieros para el año inmediatamente anterior.
4. Aprovar o rechazar las reformas que se hagan a los estatutos del Consultorio Industrial
5. Disolver el Consultorio Industrial, previo cumplimiento de lo expuesto en los presentes estatutos.
6. Aprobar el nombramiento de los socios honorarios del Consultorio Industrial
7. Nombrar como socio Honorario del Consultorio Industrial al Director de la Escuela de Estudios Industriales y Empresariales de la Universidad Industrial de Santander.
CAPITULO VIII. de la junta directiva
ARTICULO 16. Son funciones de la Junta directiva las siguientes:
1. Diseñar planes de acción para el período para el cual fueron nombrados.
2. Procurar que se cumplan los objetivos del Consultorio presentes en los actuales estatutos.
3. Coordinar el funcionamiento de los diferentes departamentos del Consultorio.
4. Adelantar las evaluaciones de desempeño de los socios del Consultorio, según políticas fijadas en el reglamento interno.
5. Elaborar los resultados financieros del Consultorio Industrial para ser presentados ante la Asamblea General.
CAPITULO IX. de los dignatarios y sus funciones
ARTICULO 17. Son funciones del presidente las siguientes:
1. Ejercer la
representación legal del Consultorio Industrial
2. Dirigir y
controlar la elaboración del proyecto de reglamento y proponer
reformas que considere conveniente que serán sometidas a la
aprobación de las autoridades competentes.
3. Dirigir y guiar
a los estudiantes de la Carrera de Ingeniería Industrial,
inscritos en el Consultorio Industrial, en la ejecución de sus
labores, misión en la cual, el director procurará que dichos
integrantes obtengan una sólida formación ceñida a las altas
normas de la ética profesional.
4. Llevar el control de
asistencia de los estudiantes y egresados inscritos en el
Consultorio, a las actividades de asesoría encomendadas.
5. Llevar la
vocería del Consultorio Industrial y atender todo lo relacionado
con el intercambio con otros centros de la misma categoría y
coordinar con los funcionarios del orden administrativo la
gestión de los estudiantes.
6. Dirigir,
orientar y vigilar la actividad administrativa del Consultorio.
7. Supervisar y
aprobar la distribución del trabajo del Consultorio Industrial
entre los estudiantes, en forma adecuada y equitativa, para que
éstos tengan oportunidad de tratar la mayor diversidad posible
de asesorías.
8. Poner toda su
capacidad al servicio de las actividades que preste el
Consultorio Industrial.
9. Rubricar y
autorizar con su firma, según el caso, todas las comunicaciones
administrativas emanados del Consultorio hacia otras
instituciones.
10. Convocar a reuniones de Junta
Directiva para estudiar la aceptación o rechazo de las
solicitudes de servicio que lleguen al Consultorio Industrial.
11. Vigilar el cumplimiento de las
funciones encomendadas al personal administrativo, financiero y
de mercados vinculados al Consultorio.
12. Recibir, revisar y enviar a la
Secretaría de la Carrera de Ingeniería Industrial los
certificados de participación en el Consultorio Industrial de
cada estudiante.
13. Dirigir la elaboración de
reformas al reglamento interno del Consultorio Industrial.
14. Cumplir las obligaciones emanadas de la presente resolución.
ARTICULO 18. Son funciones de los directores de Area las siguientes:
1. Canalizar los esfuerzos y recursos a favor del cumplimiento de los objetivos del consultorio
2. Dirigir y guiar a los estudiantes que se encuentren a su cargo en la ejecución de las labores a ellos encomendadas.
3. Efectuar
reuniones con el grupo de estudiantes asignados al área
respectiva con el fin de estudiar, discutir, controlar y orientar
las labores del estudiante en los asuntos que les sean asignados.
4. Presentar
informes a la Dirección del Consultorio sobre el desarrollo del
área a su cargo. Colaborar en todo lo que requieran las
directivas de la Carrera de Ingeniería Industrial y del
Consultorio Industrial.
5. Rubricar con su
firma la comunicaciones administrativos que le delegue el
Director del Consultorio Industrial.
6. Y las demás
obligaciones que le fije el director del Consultorio Industrial
afines a su cargo.
7. Las demás
obligaciones propias de la naturaleza del cargo que le señalen
las autoridades del Consultorio Industrial.
8. Las demás señaladas en el reglamento interno del Consultorio y en esta resolución.
ARTICULO 19. Son funciones del secretario(a) general del Consultorio las siguientes:
1. Hacer los libros de Actas de reunión
2. Firmar con el presidente las actas de junta directiva y Asamblea general.
3. Publicar en cartelera las fechas de las próximas reuniones del Consultorio.
CAPITULO X. del patrimonio
ARTICULO 20. El patrimonio del Consultorio Industrial estará formado por bienes e inmuebles, adquiridos a título de donaciones, compraventas y por toda subvención de particulares o entidades privadas o públicas hagan al Consultorio Industrial.
CAPITULO XI. el retiro
ARTICULO 21. Todo miembro del Consultorio Industrial se podrá retirar voluntariamente sin tener que cumplir otra obligación diferente a estar al día con los trabajos encomendados y dirigir una carta de renuncia ante la junta directiva.
CAPITULO XII. prohibiciones colectivas
ARTICULO 22. Queda prohibido a los miembros del Consultorio Industrial y la organización:
1. Intervenir en asuntos que menoscaben los derechos políticos, de libertad de conciencia y de culto y religión que corresponda a cada uno de los asociados en particular.
2. Destinar fondos del Consultorio Industrial para fines diferentes a los estipulados en los estatutos.
3. Ordenar, recomendar o patrocinar actos de violencia tanto al interior, como al exterior de la organización utilizando para ello el nombre de la misma.
CAPITULO XIII. disolucion y liquidacion
ARTICULO 23. El Consultorio Industrial de La Universidad Industrial de Santander se disolverá por las siguientes causas:
1. Por sentencia judicial
2. Por acuerdo, cuando menos de las dos terceras partes de los socios en Asamblea General, además del voto a favor del Director de la Escuela de Estudios Industriales y Empresariales de La Universidad Industrial de Santander.
Los presentes estatutos fueron aprobados por la totalidad de los socios reunidos en Asamblea General de Constitución del Consultorio Industrial de la Universidad Industrial de Santander, el día, 13 de noviembre de 1999.