Propiedad Industrial
Patentes
Modelo
utilidad
Modelo
industrial
Dibujo
industrial
Marca
Nombre
comercial
Rótulo
establecimiento
Marca
comunitaria
Marca
internacinal




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PATENTE.
Es un titulo otorgado por el Estado ,que confiere a su titular un monopolio
de explotacion industrial y comercial durante 20 años.
Las invenciones nuevas que impliquen
una actividad inventiva y aplicación industrial.
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Duración máxima: 20 años a partir de
la fecha de solicitud
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Mantenimiento: Anualidades.
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Novedad absoluta y mundial.
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Obligación de explotación: 4 años desde
la solicitud o 3 años desde la concesión.
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Ambito de protección todo el territorio nacional.
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Prioridad unionista: 1 año.
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MODELO
DE UTILIDAD.Es un titulo que confiere a su titular, un monopolio de explotación
industrial y comercial de la invención, durante 10 años.
Las
invenciones, que siendo nuevas e implicando actividad inventiva, consisten
en dar a un objeto una configuración, estructura o constitución
de la que resulte alguna ventaja apreciable para su uso o fabricación.
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Duración máxima: 10 años a partir de
la fecha de solicitud.
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Mantenimiento: Anualidades.
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Novedad relativa a España.
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Obligación de explotación: 4 años desde
la solicitud o 3 años desde la concesión.
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Ambito de protección todo el territorio nacional.
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Prioridad unionista: 1 año.
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MODELO INDUSTRIAL
Todo objeto que pueda servir de tipo para la fabricación
de un producto y que pueda descubrirse por su estructura, configuración
, ornamentación o representación.
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Duración máxima: 10 años renovables
por otros 10 años, en total 20 a partir de la fecha de concesión.
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Mantenimiento: Quinquenios.
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Novedad mundial y absoluta.
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Ambito de protección todo el territorio nacional.
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Prioridad: 6 meses.
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DIBUJO INDUSTRIAL
Toda disposición o conjunto de lineas o colores
aplicables con fin comercial a la ornamentación de un producto.
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Duración máxima: 10 años renovables
por otros 10 años, en total 20 a partir de la fecha de concesión.
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Mantenimiento: Quinquenios.
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Novedad mundial y absoluta.
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Ambito de protección todo el territorio nacional.
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Prioridad: 6 meses.
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SIGNOS DISTINTIVOS
La Marca, El Nombre Comercial, El
Rotulo de Establecimiento.
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El empresario tiene la necesidad
de crear una imagen de empresa que le permita actuar en el mercado con
posibilidades de éxito, formándose una clientela propia
y fiel, base de su auge industrial o comercial. Los instrumentos que utiliza
deben servir, así mismo, para que los consumidores puedan diferenciar
su empresa y los frutos de la misma, de las empresas y de los frutos de
los empresarios competidores.
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Entre los elementos que integran el patrimonio
de la empresa existe un grupo de bienes de naturaleza inmaterial, que el
empresario necesita utilizar para el desarrollo de la imagen de su empresa
y la penetración y consolidación de sus productos y servicios
en el mercado. Se tratade los signos distintivos de la empresa - LA MARCA,
el NOMBRE COMERCIAL y EL ROTULO de ESTABLECIMIENTO- regulados en la Ley
de Marcas de 10 de Noviembre de 1.988.
,
LA
MARCA. Es todo signo o medio que sirve para distinguir en el mercado los
productos o servicios de una persona de los productos o servicios idénticos
o similares de otra persona.(Art. 1 LM)
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Duración máxima: Indefinida, en periodos de
10 años desde la fecha de solicitud renovables.
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Mantenimiento: Quinquenios.
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Ambito de protección todo el territorio nacional.
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Prioridad: 6 meses.
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El Nombre Comercial
,
EL
NOMBRE COMERCIAL. Se entiende por nombre comercial el signo o denominación
que sirve para identificar a una persona física o jurídica
en el ejercicio de su actividad empresarial y que distingue su actividad
de las actividades idénticas o similares.(Art. 76 LM).
Los nombres de los
propios individuos, sociedades o entidades de todas clases que se dediquen
al ejercicio del comercio o industria en cualquiera de sus manifestaciones.
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Duración máxima: Indefinida, en períodos
de 10 años desde la fecha de solicitud renovables.
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Mantenimiento: Quinquenios.
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Ambito de protección todo el territorio nacional.
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El Rotulo de Establecimiento.
EL
ROTULO DE ESTABLECIMIENTO. Es el signo o denominación que sirve
para dar a conocer al público un establecimiento y para distinguirlo
de otro dedicado a actividades idénticas o similares.(Art. 82 LM)
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Duración máxima: Indefinida, en periodos de
10 años desde la fecha de solicitud renovables.
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Mantenimiento: Quinquenios.
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Ambito de protección el término municipal para
el cual se solicita.
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MARCA COMUNITARIA
Puede constituir marca comunitaria cualquier signo
que pueda ser objeto de representación gráfica, y que sea
apropiado para distinguir los productos o servicios de una empresa de los
de otras empresas
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Duración: 10 años desde fecha solicitud, renovables
indefinidamente.
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Ambito de protección: extiende sus efectos en toda
la UNION EUROPEA.
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Prioridad: beneficio prioridad unionista - 6 meses -.
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MARCA INTERNACIONAL
Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional
de Marcas - 41 países adheridos -.
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Duración: 10 o 20 años, renovables indefinidamente.
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Ambito de protección: en cada un de los paises contratantes
interesados.
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Prioridad: beneficio prioridad unionista - 6 meses -.
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Requisitos: concesión de la marca en el país
de origen como base del registro internacional.
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Design C@nBuyOn Arts