Querella por prevaricación contra jueces de Ángol
 
Patricia Troncoso Robles, Juan Patricio Marileo y Florencio Jaime Marileo, representados por el abogado Hugo Gutiérrez, presentaron ayer miércoles 23 de marzo, ante el Juzgado de Garantía de Ángol, una querella criminal por prevaricación en contra de los magistrados del Tribunal Oral de esa ciudad Augusto Koch Salazar, Georgina Solís Morgado y Luis Sarmiento Duarte, la que es respaldada el Observatorio de Derechos de los Pueblos Indígenas, a través de su director legal, Rodrigo Lillo.

La acción legal interpuesta para denunciar este grave delito, contemplado en el artículo 224 número 1 del Código Penal, especifica que los jueces habrían actuado con “negligencia o ignorancia inexcusables”, al reproducir de manera textual en su fallo del 13 de octubre de 2004, un considerando de la sentencia que condenó a 5 años y un día a los lonkos Pascual Pichún y Aniceto Norín, el 27 de septiembre de 2003.

El texto reproducido por los jueces, dice relación con la fundamentación del tribunal para considerar los hechos juzgados como terrorista, es decir, el criterio jurídico que tuvo el tribunal en el juicio seguido contra de Patricia Troncoso Robles, Juan Patricio Marileo y Florencio Jaime Marileo, Juan Ciriaco Millacheo y José Huenchunao. Sin embargo, lo que finalmente se representa es el contexto social y político por el cual estas personas deben ser condenadas más allá de los hechos juzgados. Así se aprecia en el propio considerando:

“(….) toda vez que las acciones que originaron esos ilícitos evidencian que la forma, métodos y estrategias empleadas, tenían una finalidad dolosa de causar un estado de temor generalizado en la zona, situación que es pública y notoria y que estos jueces no pueden desatender; se trata de un grave conflicto entre parte de la etnia mapuche y el resto de la población, hecho que no fue discutido ni desconocido por los intervinientes (….) los ilícitos antes señalados están insertos en un proceso de recuperación de tierras del pueblo mapuche, el que se ha llevado a efecto por vías de hecho, sin respetar la institucionalidad y legalidad vigente, recurriendo a acciones de fuerza previamente planificadas, concertadas y preparadas por grupos radicalizados que buscan crear un clima de inseguridad, inestabilidad y temor en diversos sectores (…)

Esto nos lleva irremediablemente a pensar que la condena de los imputados estaba definida con más de un año de antelación. Es decir, el Tribunal Oral de Ángol actuó prejuiciadamente, vulnerándose gravemente los derechos de los imputados a un debido proceso.

Los querellantes, producto de la cuestionada sentencia, recibieron penas de 10 años y un día de prisión por el delito de incendio terrorista al predio Poluco Pidenco, además de pagar por concepto de indemnización la suma de 425 millones de pesos a la Empresa Forestal Mininco S.A.

Cabe destacar que hace más de dos semanas todos ellos, junto a los comuneros mapuche Juan Huenulao, Jorge Manquel y Jaime Huenchullan, se encuentran en huelga de hambre en la cárcel de Ángol, solicitando la libertad inmediata y el fin de la persecución judicial y policial en contra de comuneros mapuche. Huenulao, con la medida cautelar de prisión preventiva, a la espera de que este próximo 18 de abril se inicie su juicio oral, en el marco de la misma causa cuya sentencia es hoy interpelada. Manquel, formalizado por incendio simple, permanece en prisión preventiva hace más de un año, tras serle negado en dos oportunidades el cambio de medidas cautelares y a que en reiteradas ocasiones fue suspendida la audiencia para preparar su juicio oral. De hecho, recién este próximo 12 de abril tendrá la primera de las audiencias que determinarán su responsabilidad en los hechos y probablemente absuelto, como ha ocurrido en otras causas mapuche. Huenchullan, formalizado por delito de robo con intimidación de dos animales en grado frustrado, fue detenido el pasado 10 de enero y permanece desde entonces en prisión preventiva. Los hechos que presuntamente se le imputan, ocurrieron el 12 de noviembre de 2004, en la comunidad indígena de Añiñir. Sin embargo ese mismo día y a varios kilómetros de distancia, en la comuna de Traiguén, Huenchullan recibió 40 impactos de perdigones que fueron constatados por el Hospital de Victoria y que nunca fueron investigados por el Ministerio Público pese a estar en antecedentes, por lo que el Observatorio de Derechos de los Pueblos Indígenas interpuso en su favor una querella por homicidio frustrado en contra de todos quienes resulten responsables.

Temuco, 24 de marzo de 2005.-